Opinião

Riesgo de perversion en la universidad

Hernandez DiazCon frecuencia escuchamos comentarios y discursos de ciudadanos normales, de antiguos profesores que conocieron una universidad de minorías, cuando no elitista, o de políticos interesados en desmantelar la diversidad pública, que vienen a coincidir en una valoración negativa de una institución tan secular y generalmente reconocida como la universidad. Hablamos ahora de las universidades españolas, pero bien podríamos atribuir esa percepción a las de otros países de nuestro entorno.

Alguno de los argumentos utilizados, que hablan de fraude de dicplomas, regalos inmerecidos y degradación académica, se centran en la rebaja del nivel de exigencia a los alumnos para que obtengan la titulación de una carrera determinada (derecho, medicina, ingenieria, pedagogía, literatura, matemáticas, por ejemplo), llegando a decir que hasta se regalan los aprobados. Incluso ponen como ejemplo del problema el uso de una figura jurídica nueva respecto a tiempos precedentes, como es el caso del denominado "tribunal de compensación".

¿Qué es el tribunal de compensación, para qué sirve, quién lo utiliza? De manera muy simple puede explicarse como el uso de un derecho reconocido que hace un alumno al final de una determinada carrera de estudios impartidos en la universidad, en una circunstancia excepcional. Es decir, cuando un estudiante tiene todas las materias aprobadas, excepto una, en la que ha realizado cuatro exámenes diferentes en distintas convocatorias, y no ha sido capaz de aprobar, solicita ser aprobado por el tribunal de compensación de una Facultad, o centro de educación superior responsable de impartir y organizar la docencia de esa titulación ( sea ésta magisterio, física, ingenieria aeronáutica, psicología o traducción, por ejemplo).

El tribunal de compensación trata de atender que en situaciones extremas puede haberse producido una colisión y muy mal entendimiento entre un alumno y su profesor, y tal vez sea oportuno establecer una especie de mediación y/o compensación. En otras ocasiones el estudiante simplemente no es capaz de alcanzar el aprobado por incapacidad, bloqueo intelectual y emocional, y solicita una especie de consideración o regalo final. Y seguramente en algunas situaciones (y nos consta que se hace) el estudiante simplemente no ha estudiado, ni se molesta en hacerlo, y se acoge a un derecho general concedido por la institución, pero haciendo un uso pervertido del mismo.

La normativa actual vigente en la mayoría de las universidades españolas pone al estudiante algunas condiciones añadidas para evitar los riesgos de uso indebido de esa posibilidad de aprobación de asignatura que representa el tribunal por compensación, como, por ejemplo, que el alumno ha de obtener una puntuación concreta mínima en cada uno los exámenes que realice , aunque no logre alcanzar el aprobado. Pero la picaresca y búsqueda de medios fáciles de engañar, en este caso a profesores y a la propia universidad, son hechos consustanciales en muchas personas, más en unas que en otras. De ahí la insatisfacción y protesta de muchos profesores, cuando observan que malos estudiantes se acogen a un derecho logrado por la clase estudiantil para otros fines, y más aún cuando se rebajan aún más los niveles y criterios para otorgar ese derecho a ser beneficiado por el tribunal de compensación.

El tribunal de compensación, figura jurídica implantada en los inicios del siglo XXI en nuestras universidades (un tribunal por compensación en cada Facultad o grupo de campos científicos), buscaba resolver situaciones límite, al tiempo que hacer concesiones a los movimientos estudiantiles organizados. Aunque no ha resultado una figura satisfactoria para muchos profesores, seguramente la mayoría, en nuestra opinión ha gozado de un uso razonable, relativamente raro o excepcional. Por ello nos parece que ahora es apropiado mantener los mismos criterios de uso de dicho tribunal de los utilizados hasta el presente.

El problema vuelve a plantearse de nuevo en los í¡últios meses, y siempre en contexto electoral, pero con más preocupación y dudas, cuando determinadas asociaciones estudiantiles exigen a las autoridades rebajar aún más las exigencias, o sea, facilitar hasta extremos difíciles de aceptar un aprobado de dudosa aceptación por parte de los profesores, y sobre todo de la sociedad a quien se sirve. Rebajar los niveles de exigencia no deja de ser a la larga una degradación del nivel profesional de quienes van a ejercitar una profesión, para la que se precisa un título, que a su vez representa un grado determinado de formación y cualificación profesional.

En el fondo se plantea el tema de la acreditación de saberes como mecanismo técnico, pero también como garantía de credibilidad social.

La universidad debe ser consciente de todo ello cuando discute o negocia este tipo de acuerdos con estudiantes o con empresas, con sindicatos y con organizaciones estudiantiles, con profesores y con decanos, con profesionales y políticos, o dentro de los Consejos Sociales. Y desde luego que debe evitar los riesgos de perversión de derechos, mediante una interpretación laxa de reglamentos y normativas vigentes, o las que estén por llegar.

 
 
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