Riesgo de perversion en la universidad
Con frecuencia escuchamos
comentarios y discursos de ciudadanos normales, de antiguos
profesores que conocieron una universidad de minorías, cuando no
elitista, o de políticos interesados en desmantelar la diversidad
pública, que vienen a coincidir en una valoración negativa de una
institución tan secular y generalmente reconocida como la
universidad. Hablamos ahora de las universidades españolas, pero
bien podríamos atribuir esa percepción a las de otros países de
nuestro entorno.
Alguno de los argumentos
utilizados, que hablan de fraude de dicplomas, regalos inmerecidos
y degradación académica, se centran en la rebaja del nivel de
exigencia a los alumnos para que obtengan la titulación de una
carrera determinada (derecho, medicina, ingenieria, pedagogía,
literatura, matemáticas, por ejemplo), llegando a decir que hasta
se regalan los aprobados. Incluso ponen como ejemplo del problema
el uso de una figura jurídica nueva respecto a tiempos precedentes,
como es el caso del denominado "tribunal de compensación".
¿Qué es el tribunal de
compensación, para qué sirve, quién lo utiliza? De manera muy
simple puede explicarse como el uso de un derecho reconocido que
hace un alumno al final de una determinada carrera de estudios
impartidos en la universidad, en una circunstancia excepcional. Es
decir, cuando un estudiante tiene todas las materias aprobadas,
excepto una, en la que ha realizado cuatro exámenes diferentes en
distintas convocatorias, y no ha sido capaz de aprobar, solicita
ser aprobado por el tribunal de compensación de una Facultad, o
centro de educación superior responsable de impartir y organizar la
docencia de esa titulación ( sea ésta magisterio, física,
ingenieria aeronáutica, psicología o traducción, por ejemplo).
El tribunal de compensación trata
de atender que en situaciones extremas puede haberse producido una
colisión y muy mal entendimiento entre un alumno y su profesor, y
tal vez sea oportuno establecer una especie de mediación y/o
compensación. En otras ocasiones el estudiante simplemente no es
capaz de alcanzar el aprobado por incapacidad, bloqueo intelectual
y emocional, y solicita una especie de consideración o regalo
final. Y seguramente en algunas situaciones (y nos consta que se
hace) el estudiante simplemente no ha estudiado, ni se molesta en
hacerlo, y se acoge a un derecho general concedido por la
institución, pero haciendo un uso pervertido del mismo.
La normativa actual vigente en la
mayoría de las universidades españolas pone al estudiante algunas
condiciones añadidas para evitar los riesgos de uso indebido de esa
posibilidad de aprobación de asignatura que representa el tribunal
por compensación, como, por ejemplo, que el alumno ha de obtener
una puntuación concreta mínima en cada uno los exámenes que realice
, aunque no logre alcanzar el aprobado. Pero la picaresca y
búsqueda de medios fáciles de engañar, en este caso a profesores y
a la propia universidad, son hechos consustanciales en muchas
personas, más en unas que en otras. De ahí la insatisfacción y
protesta de muchos profesores, cuando observan que malos
estudiantes se acogen a un derecho logrado por la clase estudiantil
para otros fines, y más aún cuando se rebajan aún más los niveles y
criterios para otorgar ese derecho a ser beneficiado por el
tribunal de compensación.
El tribunal de compensación, figura
jurídica implantada en los inicios del siglo XXI en nuestras
universidades (un tribunal por compensación en cada Facultad o
grupo de campos científicos), buscaba resolver situaciones límite,
al tiempo que hacer concesiones a los movimientos estudiantiles
organizados. Aunque no ha resultado una figura satisfactoria para
muchos profesores, seguramente la mayoría, en nuestra opinión ha
gozado de un uso razonable, relativamente raro o excepcional. Por
ello nos parece que ahora es apropiado mantener los mismos
criterios de uso de dicho tribunal de los utilizados hasta el
presente.
El problema vuelve a plantearse de
nuevo en los í¡últios meses, y siempre en contexto electoral, pero
con más preocupación y dudas, cuando determinadas asociaciones
estudiantiles exigen a las autoridades rebajar aún más las
exigencias, o sea, facilitar hasta extremos difíciles de aceptar un
aprobado de dudosa aceptación por parte de los profesores, y sobre
todo de la sociedad a quien se sirve. Rebajar los niveles de
exigencia no deja de ser a la larga una degradación del nivel
profesional de quienes van a ejercitar una profesión, para la que
se precisa un título, que a su vez representa un grado determinado
de formación y cualificación profesional.
En el fondo se plantea el tema de
la acreditación de saberes como mecanismo técnico, pero también
como garantía de credibilidad social.
La universidad debe ser consciente
de todo ello cuando discute o negocia este tipo de acuerdos con
estudiantes o con empresas, con sindicatos y con organizaciones
estudiantiles, con profesores y con decanos, con profesionales y
políticos, o dentro de los Consejos Sociales. Y desde luego que
debe evitar los riesgos de perversión de derechos, mediante una
interpretación laxa de reglamentos y normativas vigentes, o las que
estén por llegar.